5 SIMPLE TECHNIQUES FOR ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL

5 Simple Techniques For orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

5 Simple Techniques For orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

Blog Article



La Orden de Detención Europea (ODE) es un mecanismo de cooperación judicial entre los estados miembros de la Unión Europea. Permite a un estado solicitar la entrega de una persona que se encuentra en otro estado miembro para enfrentar cargos por delitos cometidos en el estado solicitante.

1. El Juez Central de lo Penal será competente para la adopción de las resoluciones ulteriores en relación con la libertad vigilada ante el incumplimiento de la medida de libertad vigilada o de la comisión de una nueva infracción penal del condenado, salvo que la adopción corresponda a la autoridad de emisión por tratarse de alguno de estos supuestos:

1. El Juez Central de lo Penal contestará las solicitudes de información dirigidas por la autoridad de emisión relativas a la transmisión a nuestro país de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad en un plazo máximo de veinte días desde su recepción.

21. Pide a los Estados miembros que velen por que las autoridades judiciales puedan prescribir las alternativas disponibles a la detención y a las medidas coercitivas en los procedimientos de orden de detención europea, en unique cuando una persona preste su consentimiento a la entrega, a menos que una decisión contraria sea necesaria y esté justificada;

Cualquier dificultad que surja en relación con la transmisión o la autenticidad de algún documento necesario para la ejecución de un instrumento de reconocimiento mutuo se solventará mediante comunicación directa entre las autoridades judiciales implicadas o, cuando proceda en relación con una orden europea de detención y entrega o una orden europea de investigación, con la participación de las autoridades centrales de los Estados miembros.

four. En caso de que hubiere de ser suspendida o aplazada la entrega de la persona reclamada por tener algún proceso penal pendiente en España y estuviese privado de libertad, deberá garantizarse que la autoridad judicial española que conoce del procedimiento de la orden europea de detención y entrega recibe la información sobre la futura puesta en libertad del reclamado para que adopte inmediatamente la decisión que corresponda sobre su situación personal a efectos de su entrega a la autoridad de ejecución.

There exists an unknown link difficulty among Cloudflare plus the origin Internet server. Due to this fact, the web page can't be shown.

one. Las resoluciones cuyo régimen de reconocimiento y ejecución se regula por este Título son aquellas adoptadas en un proceso penal por la autoridad competente de un Estado miembro por las que se imponen Source a una persona fileísica una o más medidas de vigilancia en sustitución de la prisión provisional.

Cuando la persona objeto haya recaído en otro Estado miembro de la Unión Europea en una resolución definitiva por los mismos hechos que impida el posterior ejercicio de diligencias penales.

Una vez decidida por la autoridad judicial competente la ejecución de la sentencia condenatoria en otro Estado miembro de la Unión Europea, transmitirá a la autoridad competente dicha Check This Out sentencia junto con el certificado que figura en el anexo II, debidamente cumplimentado.

one. En el caso de que la duración de la condena impuesta en la resolución sea incompatible con la legislación española vigente en el momento en el que se solicita el reconocimiento de la resolución por superar el límite de la pena máxima prevista para ese delito, el Juez Central de lo Penal podrá adaptar la condena.

three. Cuando la autoridad del Estado de ejecución devuelva la competencia para la vigilancia de las medidas de libertad vigilada y para la adopción de las decisiones ulteriores, la misma se ejercerá de nuevo por el Juez o Tribunal competente, que tendrá en cuenta el for everyíodo y grado de cumplimiento en el Estado de ejecución, así como aquellas decisiones ulteriores que ya se hubieran adoptado.

one. Son autoridades competentes para la transmisión de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad los Jueces de Vigilancia Penitenciaria, así como los Jueces de Menores cuando se trate de una medida impuesta de conformidad con la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los orden de detencion europea y entrega - asistencia legal menores.

1. El consentimiento o autorización para el enjuiciamiento, condena o detención con vistas a la ejecución de una pena o de una medida de seguridad privativa de libertad, por toda infracción cometida antes de la entrega de una persona y que sea distinta de la que motivó dicha entrega al Estado español, se presumirá que existe siempre que el Estado de la autoridad judicial de ejecución haya notificado a la Secretaría Normal del Consejo de la Unión Europea su disposición favorable al respecto, salvo que en un caso particular la autoridad judicial de ejecución declare lo contrario en su resolución de entrega.

Report this page